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La asignación de parcelas y solares yermos estatales para la construcción de viviendas por esfuerzos propios se realiza a personas naturales que previamente sean autorizadas por el Consejo de la Administración Municipal (CAM) y se legaliza ante la DMPF.                           

Una vez recibido el Acuerdo del CAM, se efectúa el pago por concepto de terreno, en la Sucursal Bancaria del lugar donde se encuentre este.                                          

Término: 60 días para el pago del solar en la Sucursal Bancaria, 50 días hábiles a partir del slick bancario que acredita el pago del solar para obtener la Resolución que reconoce el derecho Perpetuo de Superficie. 

Las parcelas a entregar tendrán una dimensión entre 80 y 150 m2.

Las inscripciones de solares yermos se realizan por los técnicos de Ordenamiento Territorial y Urbano, quienes confeccionan un expediente el cual se presenta al MINJUS y a la DPPF para su aprobación, es por ello que el término para su culminación no depende de la DMPF y puede demorar hasta 6 meses luego de realizada la solicitud por la persona.

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