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planificacionentidad

El 19 de mayo de 1960 fue creado lo que es en la actualidad el Sistema de la Planificación Física que desde su fundación ha tenido gran importancia para el desarrollo del país. Desde entonces ha centrando sus actividades en el perfeccionamiento del Sistema de Asentamientos Poblacionales, en el desarrollo de las ciudades, en un ámbito de tanta prioridad como la producción agropecuaria, además se ha dedicado a las investigaciones en un sector tan complejo como las migraciones, así como estudios de renovación urbana entre otras.
Podemos afirmar que la Planificación Física ha sido, es y será un pilar fundamental en las transformaciones económico—sociales en las cuales está inmersa la estrategia para el ordenamiento territorial de forma sostenible.

MISIÓN
Dirigir, elaborar y controlar el Ordenamiento Territorial y el Urbanismo y los aspectos del diseño y la arquitectura relacionados con este último, en cumplimiento de la política del Estado y el Gobierno.

VISIÓN
Ser una organización reconocida por el Estado, el Gobierno y la sociedad como rectora del Ordenamiento Territorial y el Urbanismo por su calidad y eficiencia.

OBJETIVOS DE TRABAJO
1. Formula, propone, dirige y controla la aplicación de políticas territoriales referidas a:
✓ Destino del suelo.

✓ Localización de las actividades productivas y no productivas.

✓ Organización territorial del Sistema de Asentamientos Poblacionales.

✓ Estructura físico-espacial de los asentamientos y sus vínculos con su área de Influencia.

✓ Elementos morfológicos asociados a la imagen de las zonas rurales y urbanas.

2. Elabora y propone el esquema provincial de ordenamiento territorial, ofreciendo propuestas integrales de ordenamiento de las estructuras territoriales de carácter socioeconómico, político-administrativo, ambiental, las que compatibiliza con los intereses de la defensa y el medio ambiente, en coordinación con los organismos de la administración local.

3. Elabora y propone esquemas especiales de ordenamiento territorial de actividades productivas y no productivas e infraestructuras técnicas, las que compatibiliza con los intereses de la defensa y el medio ambiente en coordinación con los organismos de la administración local.

4. Elabora y propone los esquemas de ordenamiento territorial de cuencas hidrográficas, territorios costeros y regiones turísticas, las que compatibiliza con los intereses de la defensa y el medio ambiente en coordinación con los organismos de la administración local.

5. Aprueba técnicamente los planes generales de ordenamiento territorial y planes parciales elaborados por las Direcciones Municipales de Planificación Física.

6. Aprueba técnicamente la propuesta de regulaciones fundamentadas en el régimen urbanístico del suelo que establecen la legislación del ordenamiento territorial y el urbanismo, en el territorio que abarca la provincia.

7. Elabora y aprueba los certificados de microlocalización de inversiones, previa consulta con los organismos pertinentes de la administración local.

8. Organiza y realiza la inspección provincial que se realiza a las Direcciones Municipales de Planificación Física, con vistas a evitar las violaciones en materia de ordenamiento territorial y urbanismo, así como el cumplimiento de los objetivos de trabajo a ese nivel.

9. Aplica los instrumentos metodológicos, técnicos y normativos que rigen el planeamiento, gestión y control del ordenamiento territorial y el urbanismo, así como los que regulan los procedimientos para el otorgamiento de certificados de microlocalización, licencias de obra, certificados de habitable-utilizable, excepto las viviendas por esfuerzo propio de la población.

10. Participa en investigaciones científicas sobre problemáticas asociadas al ordenamiento territorial y el urbanismo.

11. Cumple las políticas para el Sistema de la Planificación Física en materia de desarrollo científico-técnico, investigaciones, capacitación de los recursos humanos y colaboración internacional.

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