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  • Prestaciones en efectivo +

    Prestaciones en efectivo: de un plan de 912.5 MP se obtuvo un real de 912.5 MP para un 100 % de cumplimiento (con un incremento del importe en el pago de 7 ASD), se tiene bajo control 496 núcleos familiares de los cuales 441 se encuentran bajo régimen de prestación monetaria temporal y 55 en servicios y especies, abarcando a 701 personas, de las cuales 656 se encuentran amparadas por la prestación monetaria temporal y 27 de servicios y especies. Entre ellos se encuentran 287 adultos mayores y 82 presentan discapacidad, 7 asistentes sociales a domicilio, 36 combatientes, 16 servicios de alimentación, madres trabajadoras con hijos con discapacidad severa 8 y 350 categorizados como niños bajo peso, modula A 175 modulo B 175.

  • Prestaciones en especie +

    Prestaciones en especie: de un plan de 168.4 MP obtuvo un real 168.4 MP para un 100 %, se pagó el servicio a Salud de Casa de Abuelos y Hogar de Ancianos, se realizó la compra de recursos (15 set de retazos y 7 Wesprin personales, 32 sabanas y 46 toallas), teniendo identificados los casos más críticos a priorizar.

  • Prevención asistencia social y trabajo social +

    El régimen de la Asistencia Social se cumple con la implementación de la ley 105, referirnos que en su Artículo No1.- establece que El Estado garantiza la protección adecuada al trabajador, a su familia y a la población en general mediante el Sistema de Seguridad Social, que comprende un régimen general de seguridad social, un régimen de asistencia social, así como regímenes especiales.

    Artículo 3.-El régimen general de seguridad social ofrece protección al trabajador en los casos de enfermedad y accidente de origen común o profesional, maternidad, invalidez y vejez y, en caso de muerte, a su familia.

    Artículo 4.-El régimen de asistencia social protege a cualquier persona no apta para trabajar que carezca de familiares en condiciones de prestarle ayuda.

    ARTICULO 10.-Son prestaciones en especies:

    1. a) los medicamentos y la alimentación mientras el paciente se encuentra hospitalizado, y los que se establecen por regulaciones específicas;
    2. b) los medicamentos que se suministran a las embarazadas;
    3. c) los aparatos de ortopedia y las prótesis necesarias en los

    casos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales;

    1. d) los medicamentos en los casos de accidentes del trabajo y

    enfermedades profesionales que no requieran hospitalización; y

    1. e) otras que se determinen por la ley.

    ARTICULO 11.-Son prestaciones monetarias:

    1. a) la pensión por edad;
    2. b) el subsidio por enfermedad o accidente;
    3. c) la pensión por invalidez total o parcial;
    4. d) la pensión por la muerte del trabajador, del pensionado o de otra persona de las protegidas por la Ley;
    5. e) por maternidad de la trabajadora; y
    6. f) la pensión de asistencia social.

    Artículo 105.-La asistencia social protege a los ancianos sin recursos ni amparo, a cualquier persona no apta para trabajar que carezca de familiares en condiciones de prestarle ayuda, u otros que así lo requieran.

    Artículo 106.-Los servicios sociales se configuran a través de programas y acciones de protección social, dirigidos a mejorar la calidad de vida y la integración social de las personas que lo requieran.

    Artículo 107.-Los trabajadores sociales participan en la aplicación de los programas sociales que el Estado desarrolla, y contribuyen en la prevención, detección, orientación y solución de las causas de los problemas sociales. Se cuenta con una plantilla de 38 Trabajadores Sociales aprobada, distribuidos en los 10 Consejos Populares, integrados en la 68 Circunscripciones del Municipio.

    Para el desempeño profesional del trabajador social se definen métodos, técnicas y procedimientos que permiten caracterizar y diagnosticar las personas, los núcleos familiares, los grupos y las comunidades, partiendo de los siguientes principios:

    1. Conocer para transformar.
    2. Actuar sobre las causas.
    3. Acción centrada en las personas y no en los problemas.
    4. Actuar teniendo en cuenta el contexto social
    5. Auto transformación desde las potencialidades.

    En los diferentes niveles de intervención el trabajador social debe realizar los siguientes procesos:

    1. Desarrollar sistemas de acciones.
    2. Evaluar y dar seguimiento.

     Artículo 109. La protección de la Asistencia Social se concede mediante prestaciones monetarias, especies y servicios.

    El otorgamiento y ejecución de las prestaciones de la Asistencia Social. se establecen mediante La Ley de Seguridad Social No. 105 del 2008, dispone en su artículo 4 que el Régimen de Asistencia Social protege a cualquier persona no apta para trabajar que carezca de familiares en condiciones de prestarle ayuda, asimismo en el artículo 109 establece que la protección se concede mediante prestaciones monetarias, especies y servicios.

    Por su parte, el Capítulo II “De las prestaciones monetarias”, del Decreto No. 283, Reglamento de la Ley, establece la concesión de estas prestaciones, que según su naturaleza pueden ser temporales o eventuales. Asimismo, se regula que, ante casos excepcionales, el Ministro de Trabajo y Seguridad Social puede conceder prestaciones monetarias temporales excepcionales del Régimen de Asistencia Social en cuantías superiores a las contenidas en la escala establecida.

    Son prestaciones monetarias eventuales las que se otorgan cuando la persona o núcleo familiar, por razones excepcionales y justificadas, presente una situación emergente. Según se dispone en el Decreto No. 283, Reglamento de la Ley, se considera situación emergente, cuando se carece de apoyo familiar y de ingresos para asumir los gastos básicos inmediatos para la manutención a niños, adultos mayores, personas con discapacidad, gravemente enfermas u otros pagos que se consideren impostergables.

  • Servicio de Asistencia Social a Domicilio +

    Requisitos

    Sólo se otorga a adultos mayores o personas con discapacidad que vivan solas, careciendo de familiares obligados a prestar ayuda o personas convivientes, y que se encuentren encamadas o con movilidad restringida.

    Podrá evaluarse el otorgamiento del servicio en núcleos integrados por más de un conviviente, si todos presentan discapacidad severa o enfermedades invalidantes y carecen de familiares obligados.

    Características.

    Los requisitos que debe cumplir el trabajador que ocupe la plaza de Asistente Social a Domicilio son:

    1. Mantener una adecuada conducta social y moral.
    2. Certificado médico acreditando estado de salud estable, ausencia de patologías riesgosas y antecedentes de desórdenes psiquiátricos.
    3. Mayor de 18 años.
  • Protección a Madres de Hijos con Discapacidad Severa +

    Requisitos.

    Se otorga a las madres trabajadoras de hijos con discapacidad severa, irreversible y permanente, en estados vegetativos y de encamamiento, con tendencia a la progresión en el tiempo y profundas afectaciones de las funciones neurocognitivas y adoptivas del entorno en edad pediátrica, sin posibilidades de atención institucional.

     Para el otorgamiento del servicio, deben concurrir los requisitos siguientes:

    1. La madre haya estado vinculada laboralmente en el momento del nacimiento del hijo o cuando este adquirió la discapacidad;
    2. Haya abandonado su vínculo laboral ante la necesidad de dedicarse a su cuidado;
    3. El grado de discapacidad del hijo le impida acceder al sistema nacional de educación, incluyendo cualquier modalidad de atención educativa u otra alternativa institucional del MINSAP;
    4. Que el hijo con discapacidad severa se encuentre en edad pediátrica, considerando que en esta etapa se benefician de los programas de rehabilitación y estimulación, así como educativos y psicopedagógicos de forma ambulatoria, imprescindibles para la evolución, pronóstico y el mantenimiento de la calidad de vida.

    Características.

    Las madres protegidas con esta modalidad reciben una prestación monetaria temporal de la Asistencia Social equivalente a su último salario devengado, excepto la estimulación en moneda libremente convertible.

    En el caso de la trabajadora que devenga un salario vinculado a los sistemas de pago por resultados, se acredita el salario promedio que resulte de los salarios devengados por ésta, durante los seis meses inmediatos anteriores a la fecha de su desvinculación laboral.

     Las madres tienen derecho a recibir el incremento del salario escala que se realice, como parte de la política salarial que se aplique, excluyendo los nuevos pagos adicionales que se aprueben.

    Cuando se aprueben incrementos salariales, el Subdirector de Prevención, Asistencia y Trabajo Social municipal solicitará la certificación al Director de Recursos Humanos de su último centro laboral, donde se refleje el incremento al salario aprobado para la plaza que ocupaba.

  • Pago del Servicio de Alimentación +

    Pago Servicio de Alimentación. El pago del servicio tiene una cuantía de .00 mensuales por cada beneficiario, con independencia del tipo de comedor o unidad donde reciba el servicio.

  • Pago de los Hogares de Ancianos y Casas de Abuelos +

    Las Direcciones Municipales de Trabajo aplican, en las solicitudes que se formulen para el pago de un hogar de ancianos o casa de abuelos, las normas para el otorgamiento, ejecución y control establecidas para el resto de las prestaciones de la Asistencia Social. Con el objetivo de conocer y comprobar la situación informada, el especialista visita el domicilio, entrevista al adulto mayor y realiza la investigación socioeconómica complementada con los criterios de la comunidad. Corresponde la aprobación del pago del servicio, según la tarifa establecida por el MINSAP, cuando concurran los requisitos siguientes:

    1. Adultos mayores que vivan solos,
    2. Carezcan de ingresos,
    3. No cuenten con familiares obligados en condiciones de prestar ayuda.

    A las personas beneficiadas con este servicio no corresponde ninguna otra prestación de la Asistencia Social, considerando que sus necesidades básicas están cubiertas en la institución de salud.

    Sobre las prestaciones de la Asistencia Social a los familiares de reclusos.

    El documento probatorio que avala la situación del recluso, emitido por el centro penitenciario correspondiente, será actualizado semestralmente e incorporado al expediente del núcleo familiar y contiene lo siguiente:

    1. Nombre y apellidos del recluso y dirección particular y centro penitenciario.
    2. Incorporación laboral y cuantía de los ingresos que recibe. En aquellos casos que no esté vinculado al empleo deben fundamentarse las causas que lo imposibilitan.
    3. Sanción que cumple y término de la misma.
    4. Cualquier otra información que resulte necesaria.
  • OTS Seguridad y Salud del Trabajo +

    Objeto social.

    La Organización del Trabajo y los Salarios se encargado de revisar salarios y sistemas de pagos en las empresas y unidades presupuestadas además de captar estos indicadores en las entidades de forma mensual, trimestral, semestral y en el año, también realizamos las visitas Gubernamentales y especializadas ambas con guías a aplicar, se encarga de controlar y verificar la disciplina laboral, se realizan los análisis económicos a nivel de empresa y municipio para verificar los indicadores económico tales como la productividad del trabajo, valor agregado, correlación salario medio productividad entre otros.

    Seguridad y salud del trabajo: es la encargada de revisar la atención de la seguridad que se le da a cada trabajador en su centro de trabajo, velar porque se le entreguen y usen correctamente los medios de protección del trabajo, que se les de la capacitación inicial y la capacitación específica a los trabajadores que se inician en el centro , que los puestos de trabajo tengan las condiciones necesarias, que son prioridades la existencia de baños sanitarios, el agua potable e iluminación adecuada, y que en caso de accidentes de trabajo o trayectos que se hagan las investigaciones correctamente además que tengan la documentación actualizada especificando la de los carne de salud.

  • Órgano de Justicia laboral +

    Organiza y preside el grupo de atención a los órganos de justicia laboral. Imparte seminarios a los Órganos de Justicia laboral. Elabora respuestas para la constitución de la reestructuración de los Órganos de Justicia. Recibe las solicitudes de anulación de fallos de los órganos. Tramita las quejas formuladas por Fiscalía. Realiza evaluaciones de los Órganos. Fiscaliza la actualización y aplicación de los reglamentos disciplinarios. Coordina con la CTC y los Sindicatos la elección de los trabajadores que integran los órganos. Efectúa seminarios de capacitación a los órganos. Realiza las evoluciones anuales de los órganos de Justicia Laboral y del sistema de Justicia. Realiza visitas a los órganos y efectúa despachos con el tribunal y la Fiscalía Municipal.

  • Subdirección de Empleo, Capacitación y Fuerza de Trabajo Calificada +

    El objeto de esta subdirección es la ubicación al Empleo de las personas que se presentan a la entidad teniendo en cuenta las fuentes priorizadas según lo establecido en el Código de Trabajo Ley 116/13. Las ofertas y ubicación de estas personas esta en dependencia de las demandas de las fuerzas calificadas y solicitudes de las personas para ocupar plazas vacantes que se solicitan a través de los FT25. Están dentro del rango de fuentes priorizadas los Licenciados del Servicio Militar Activo, engredados de técnico   medios, obreros calificados, los sancionados y egresados de centros penitenciarios, inválidos parciales, mujeres con conducta inadecuada, egresados de las escuelas de oficio y escuelas especiales. Además, se le oferta empleo a las fuentes controladas en la reserva laboral; para los cursos del MINIT y Contingentes de la Construcción.

  • Subdirección de Trabajo Por Cuenta Propia +

    Es la encargada de gestionar, decepcionar y tramitar las solicitudes de la población para ejercer el trabajo por cuenta propia. Orienta y capacita los mismos para su preparación en el desempeño de su labor. Las personas interesadas que estén interesados en ejercer el TPCP deben a portar los documentos que a continuación se relacionan:

    1. Escrito de solicitud
    2. Carne de identidad
    3. Dos Fotos
    4. Solicitud de autorización para emplear trabajadores contratados y proyecto del contrato de trabajo o documento equivalente donde se precisen las cláusulas y condiciones acordadas.
    5. Autorización del Historiador o Conservador, según corresponda, en caso que pretenda realizar la actividad dentro de los límites de la Zona Priorizada para la conservación.
    6. Otros documentos que emite la entidad autorizando ejercer la actividad en correspondencia con la actividad que se va a realizar. Ejemplo (Licencia Sanitaria, certificación de recursos humanos en caso de ser trabajador, Certificación del CITMA.
  • Departamento de Atención a la Población +

    La Atención a la Población constituye una política de principio inherente a nuestro sistema de Gobierno del Poder Popular, por lo que la Constitución de la República de Cuba en el artículo 64: se establece el derecho de todo ciudadano a dirigir quejas y peticiones y recibir de las autoridades respuestas y atención adecuada. El especialista de Atención a la Población es responsable de la Implementación y control del cumplimiento del procedimiento establecido por la Asamblea Nacional del Poder Popular, además recopila información ya sea manual o automatizada; recibiendo clasificando, investigando, analizando y valorando todo lo relativo a quejas solicitudes, denuncias o sugerencias. Teniendo el asunto planteado se propone el nivel de atención que corresponde, ejecutando dicho procedimiento. En nuestra oficina se entrevista todas las personas que ellas se dirigen; con el propósito de formular solicitudes, quejas, denuncias sobre nuestro objeto social u otros organismos, además sugerir ideas para mejorar nuestro funcionamiento mediante Cartas, llamadas telefónicas, Correo y Entrevistas.  Por sistema la Dirección Municipal de Trabajo para trabajar con mayor efectividad en la atención y solución de los asuntos planteados de la población que se dirigen a la entidad se realiza por parte de los gestores de la Asistencia Social en el terreno y en las oficinas lo recepciona la especialista de atención de lunes a viernes, efectuándose por la  Directora el viernes teniendo en cuenta el asunto se clasifica con un código  y es tramitada con los subdirectores según el problema planteado, en caso de una inconformidad para no dejar al recurrente  con alguna inquietud  o procuración se tramita con el Director.

    Además se integran a realizar la atención a la población los gestores en el terreno de manera sistemática para  la identificación de problemáticas en los Consejos Populares, a esto se suman los funcionarios y ol0so Miembros del Consejo de Dirección dando   cumpliendo a la  planificación del trabajo realizando  acciones para  transformar los métodos de trabajo cumpliendo con las responsabilidades determinadas por función, por lo que cada planteamiento realizado es investigado y valorado con profundidad en el radio de acción donde tuvo lugar, Interactuando con las personas  e identificando  las problemáticas que afectan a los núcleos familiares y así poder darles respuestas. Contamos con un local para la atención a la población en la cual pueden expresar sus quejas e inquietudes con privacidad recibiendo el tratamiento adecuado.

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